Domingo , 05 de Febrero
 
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Permisos y licencias de conducci贸n por puntos

Infracciones que llevan aparejada la p茅rdida de 6 puntos

MG - Muy Graves G - Graves
  • MG Conducir con una tasa de alcohol en aire aspirado superior a 0,5 mg/l (0,30 mg/l para prfesionalesn y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad).

  • MG Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras substancias de efectos análogos.
  • MG Conducir de forma manifiestamente temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas.
  • MG Sobre pasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos en 30Km/h dicho límite máximo.
  • MG El exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.

Infracciones que llevan aparejada la p茅rdida de 2 puntos

MG - Muy Graves G - Graves
  • G Exceder en más de 20Km/h hasta 30 Km/h los límites de velocidad establecidos.
  • G Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente.
  • G Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares.
  • G Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo reglamentario.
  • G Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente.

P茅rdida de vigencia del permiso o la licencia de conducci贸n

La administración declarará la pérdida de vigencia del permiso o licencia para conducir cuando su titular haya perdido la totalidad de los puntos asignados, notificándoselo alinteresado en el plazo de quince días.
El titular del permiso o licencia no podrá obtener un nuevo permiso o una nueva licencia de conducción hasta transcurridos seis meses, contados hasta la fecha en que se le notificó la pérdida de vigencia de su permiso o licencia. Este plazo se reducirá a tres meses en el caso de conductores profesionales. Si durante los tres años siguiente a la obtención del nuevo permiso o licencia fuera acordada su pérdida de vigencia por haber perdido nuevamente la totalidad de los puntos asignados, no se podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos doce meses, contados des de la fecha en que dicho acuerdo haya sido notificado. Este plazo se reducirá a seis meses en el caso de conductores profesionales.

Permisos y licencias de conducci贸n por puntos

El permiso y la licencia para conducir podrán tener vigencia limitada en el tiempo, y podrán ser revisados en los plazos y condiciones que reglamentariamente se determinen.
La vigencia del permiso o la licencia de conducción estará también condicionada a que su titular no haya perdido su asignación total de puntos, que será de 12 puntos, con las excepciones siguientes:


  • 8 puntos: titulares de un permiso o licencia de conducción con una antigüedad no superior a tres años, salvo que ya fueran titulares de otro permiso de conducción con aquella antigüedad.

  • 8 puntos: titulares de un permiso o licencia de conducción que, tras perder su asignación total de puntos, han obtenido nuevamente el permiso o la licencia de conducción.
El número de puntos inicialmente asignado al titular de un permiso o licencia de conducción se verá reducido por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos. Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra algunas de las infracciones muy graves, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan.
Transcurridos dos años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por infracciones que impliquen la pérdida de puntos, los titulares de permisos o licencias afectadas por la pérdida parcial de puntos recuperarán el crédito inicial de 12 puntos. Si la pérdida de alguno de los puntos es por la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de tres años. Los titulares de un permiso o licencia de conducción a los que se hace referencia en los párrafos a) y b), transcurrido el plazo de dos años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa por infracciones que impliquen la pérdida de puntos, pasarán a disponer de un total de 12 puntos.
Quienes mantengan la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones durante los tres primeros años, recibirán como máximo de 15 puntos en lugar de los 12 iniciales.

P茅rdida de puntos en los permisos y licencias de conducci贸n

Si un conductor es sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves reglamentadas, los puntos que corresponda descontar quedarán descontados de forma automática y simultánea en el momento en que se proceda a la anotación en el Registro de Conductores e Infractores, donde queda constancia del total de puntos del que dispone el titular de la autorización. Cuando la Administración notifique resolución por la que se sancione a una infracción que lleve aparejada la pérdida de puntos, indicará expresamente a los sancionados cuál es el número de puntos que se le quitan y la forma expresa de conocer su saldo de puntos.
Se consideran infracciones leves; sanción de hasta 90 € las cometidas contra las normas que no se califiquen como graves o muy graves.
Se consideran infracciones graves; sanción de 91 a 300 €
Se consideran infracciones muy graves; sanción de 301 a 600€

Infracciones que llevan aparejada la p茅rdida de 4 puntos

MG - Muy Graves G - Graves
  • MG Conducir con una tasa de alcohol en aire aspirado superior a 0,25 mg/l hasta 0,50 mg/l hasta 0,30 mg/l para profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad.
  • MG Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos e interurbanos.
  • MG Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello.
  • G Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación.
  • G MG Exceder en más de 40 Km/h los límites de velocidad establecidos.
  • G Incumplir las disposiciones legales sobre la prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop y los semáforos con la luz roja encendida.
  • G Incumplir las disposiciones legales sobre el adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida.
  • G Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
  • MG Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • G Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado.
  • G No respetar los señales delos agentes que regulan la circulación.

Infracciones que llevan aparejada la p茅rdida de 3 puntos

MG - Muy Graves G - Graves

  • G Exceder en más de 30Km/h hasta 40Km/h los límites de velocidad establecidos.
  • G Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las normas.
  • G No mantener las distancias de seguridad con el vehículo que le precede.
  • G Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, con auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen reglamentariamente.
  • G Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad, en los casos y condiciones que se determinen reglamentariamente.

Cursos de sensibilizaci贸n y reeducaci贸n vial

Se podrán realizar dos clases de cursos de sensibilización y reeducación vial.
  • Cursos para la recuperación parcial de puntos:


    - La superación con aprovechamiento de estos cursos permite recuperar hasta 4 puntos (nunca más de los perdidos).


    - Los conductores pueden realizar un curso cada 2 años (los profesionales uno cada año).


    - La duración es de 12 horas (7 horas para la parte común de seguridad vial, 1 hora de reflexión y debate en grupo y 4 horas para la parte específica para cada conductor).


    - Su coste es de 170 €.

  • Cursos para recuperar el permiso o la licencia de conducción:
  • Aquellos conductores que pretendan obtener de nuevo el permiso o la licencia de conducción deben superar este curso junto con una prueba (tipo test) en la correspondiente Jefatura Provincial de Tráfico. Si superan la prueba les expedirán un nuevo permiso o licencia de la misma clase y antigüedad que tenia con un saldo de 8 puntos. Si no superan la prueba podrán presentarse dos veces más aunque deberán asistir previamente a un ciclo formativo de 4 horas en el centro donde realizaron el curso. El coste de este ciclo formativo es de 100 €.
  • Un conductor que pierde por primera vez el permiso o la licencia de conducción debe esperar 6 meses (3 meses para los conductores profesionales) para poder realizar el curso. Si no es la primera vez que pierde el permiso o la licencia deberá esperar 1 año (6 meses los profesionales).
  • La duración del curso es de 24 horas (14 horas para la parte común de seguridad vial, 2 horas de reflexión y dinámica de grupo y 8 horas para la parte específica de cada conductor).
  • Su coste es de 320 €.

 
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